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comentario sobre los programas de mejora de vivienda social

El Estado debe garantizar una vivienda digna para sus ciudadanos, contemplada esta obligaciòn en la Constitución Política de Colombia de 1991, lo que realiza a través de las Instituciones, que para el caso de la vivienda, lo realiza a travès de la entrega de subsidios. He notado como ciudadana del comùn y como servidor pùblico, que las convocatorias para acceder a esos recursos se hace a puerta cerrada, o sea, deberìa de realizarse utilizando mecanismos como las JAL, los líderes comunitarios, los noticieros patrocinados por el gobierno, etc., etc., porque muchos de estos recursos no se asignan a quienes lo necesitan y en algunos casos pueden devolverse al Tesoro Nacional. Es importante que los Alcaldes y Gobernadores se precoupen por satisfacer las necesidades básicas de la población, entre ellas, la vivienda digna.

Angela Inés

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